Skip to main content

LOS CINCO BENEFICIOS DEL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO.

on Martes, 28 Julio 2015.

Posted in Familia

Divorcio de mutuo acuerdoEl divorcio es una situación muy estresante para todas las personas que nos tenemos que enfrentar a él, por el cambio de estado, de vivienda, de relación con los hijos, por la reacción de familiares y amigos, por las preguntas y comentarios que tenemos que soportar y por como gestionamos la amalgama de sentimientos que nos invaden.

Pero no debemos dejarnos arrastrar por el pesimismo y tenemos que tener presente que cambiar es bueno, es evolucionar, es crecer, es crear y los cambios, todos y sobre todo el divorcio hay que afrontarlos de una forma positiva. Me consta que esto no es siempre posible, pero a veces un cambio de actitud, una visión puesta en el futuro, un poco de empatía y de generosidad por ambas partes pueden hacer que un divorcio que se iba a resolver irremediablemente por la vía contenciosa derive en un divorcio de mutuo acuerdo que tiene ventajas para ambos cónyuges. Los cinco beneficios para este tipo de divorcio son:

1. El divorcio de mutuo acuerdo es más económico

Cuando uno está a punto de tomar una de las decisiones más importantes de su vida, cuando van a cambiar muchas de las circunstancias que componían nuestro día a día, cuando es muy posible que tengamos que cambiar de domicilio, nos relacionaremos con nuestros hijos de una manera diferente, tendremos que adquirir nuevas destrezas y un largo etcétera más, parece que el dinero no es lo más importante, pero el dinero es importante siempre y más en estos momentos que es muy posible que lo necesitemos para muchas otras cosas, así que ¿por qué triplicar o cuadruplicar un gastos si se puede hacer de la mejor manera y gastando mucho menos?.
El divorcio de mutuo acuerdo puede ser gestionado por un único abogado y representante para ambos cónyuges y el menor número de trámites que el divorcio contencioso permitirá aminorar los costes.

2. Con el divorcio de mutuo acuerdo aceleramos el proceso

Vivimos en una sociedad donde impera la prisa y hay momentos en los que realmente nuestras acciones deben ir precedidas de una reflexión, ahora bien, si ya hemos tomado la decisión de divorciarnos cuanto más breves sean los trámites mejor para todo el mundo. No hay necesidad de alargar un proceso durante un año o más cuando es posible resolverlo en menos de un mes.
Ahora, con la reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria se puede mediante escritura pública divorciarse ante notario, siempre y cuando el divorcio sea de mutuo acuerdo y no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente o incluso ante el Secretario judicial.

3. El divorcio de mutuo acuerdo nos ayuda a definir un acuerdo consensuado y personalizado.

Cuando los cónyuges no son capaces de llegar a un acuerdo, el divorcio se resuelve de forma contenciosa y el procedimiento termina con una sentencia dictada por un Juez, en estos casos el fallo de la sentencia incluye unas disposiciones más o menos normalizadas, que no son siempre las que más interesan a los cónyuges, me explico, en el fallo se incluye a quien se le adjudica el uso de la vivienda, el importe de la pensión compensatoria y/o alimenticia, como se reparten las vacaciones, los días de visita, o como se distribuyen los fines de semana entre ambos progenitores, todo esto en el caso de que existan propiedades, hijos o sea necesario compensar económicamente a una de las partes, en un orden que no es siempre el que se ha solicitado en la demanda o en la contestación a la misma y que puede ser difícil de ajustar en relación al horario de trabajo o de actividades que se tenga.
Pero cuando son los cónyuges los que acuerdan el convenio regulador, lo personalizan y lo que se plasma en el mismo es fruto del acuerdo y consenso entre ambos con lo cual se ajusta mucho mejor a las circunstancias de cada familia.

4. La Liquidación simultánea de la sociedad de gananciales o reparto de los bienes en común en el divorcio de mutuo acuerdo, ahorra trámites en el futuro.

Los cónyuges pueden incluir la liquidación del régimen económico matrimonial dentro del contenido del convenio regulador que se presenta junto con la demanda de divorcio de mutuo acuerdo.
La liquidación de la sociedad de gananciales consiste en modificar la titularidad de las propiedades o bienes que se poseían en común pasando a ser propiedad individual de cada uno de los miembros de la pareja, aunque no haya ningún plazo establecido para realizar la liquidación, liquidar en el momento del divorcio nos ahorra tener que iniciar un nuevo procedimiento más adelante, que suele ser lento, que implica incurrir en gastos, ya que tendrían que intervenir abogado, procurador, peritos judiciales y evita tener que negociar de nuevo la adjudicación de las propiedades con la consiguientes tensiones entre la pareja que implica este tipo de transacciones.

5. En el divorcio de mutuo acuerdo todos ganan.

Todos ganan, los dos cónyuges ganan, los hijos en caso de haberlos ganan, los familiares ganan, los amigos ganan. En los divorcios de mutuo acuerdo no existe un ganador y un perdedor, existe un acuerdo al que se ha llegado mediante consenso entre dos personas adultas que se respetan, la relación entre la pareja, con los hijos, con la familia política, con los amigos, no se deteriora más de lo que ya pudiera estarlo, algo interesante en todos los casos e imprescindible cuando existen hijos, ya que la pareja va a tener que seguir relacionándose por muchos años más, y si existe una relación fluida y dialogante será mucho más sencillo obtener la custodia compartida, en caso de querer optar por ella y gestionar sin conflictos la relación con los hijos, dándole al nuevo modelo de familia una normalidad que evitará sufrimiento a todos sus componentes.

Si se opta por resolver el divorcio  por mutuo acuerdo solo nos queda guardar los buenos recuerdos, comprender y aceptar nuestras emociones y  continuar nuestra vida con esperanza y optimismo, ya que con seguridad  el futuro nos deparará muchas cosas buenas.

  • Visitas :: 20463

Acerca de la autora

MARÍA ENCARNACIÓN ORTEGA ESCUDERO

MARÍA ENCARNACIÓN ORTEGA ESCUDERO

Licenciada en derecho por la UOC en la especialidad de derechos humanos tanto en el ámbito nacional como el internacional.Colabora con fundaciones y organizaciones sin ánimo de lucro organizando cursos y encuentros profesionales y escribe en varios blogs, donde intenta acercar el derecho a las personas.

CookiesAccept

Utilizamos cookies para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario.

Si no cambia la configuración de su navegador, usted acepta su uso. Saber más

Acepto